ÓRGANOS DE GOBIERNO: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES

El Pleno del Ayuntamiento, compuesto por la Alcaldesa y todos los Concejales, es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal. Será convocado y presidido por la Alcaldesa, salvo en los supuestos previstos en la Ley de Bases del Régimen Local y en la legislación electoral.

La Alcaldesa, puede delegar la presidencia del Pleno, salvo la decisión de los empates con voto de calidad, y la convocatoria de sus sesiones en un Concejal, cuando lo estime oportuno.

El Pleno dispondrá de Comisiones, que estarán formadas por los miembros que designen los Grupos Políticos en proporción al número de Concejales que tengan en el Pleno.

El Secretario General del Ayuntamiento será el secretario del Pleno, al mismo tiempo también lo será de las Comisiones.

EL PLENO ESTA FORMADO POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:

Dª. Juana María Martínez García. (P.P) Alcaldía, Concejalía de Urbanismo

Dº. Juan Lorenzo Soto García (P.P)
Concejal de Agricultura, Ganadería, Agua y Tercera edad.

Dº. Mauricio Cánovas Olivo (P.P)
Concejal de Transparencia y Participación Ciudadana, Medio Ambiente y Nuevas Tecnologías.

Dª. Lidia Moreno Castillejo (P.P)
Concejala de Política Social, Igualdad, Sanidad, Consumo, Empleo y Formación.

Dª. Marta Dolón Saura (P.P)
Concejala de Servicios Públicos Municipales, Interior y personal.

Dº. José Antonio Oliver Legaz (Ciudadanos)
Concejal de Hacienda y Patrimonio, Contratación, Empresas, Infraestructuras, Educación y Cultura.

Dª. Agueda María Meca Saura (Ciudadanos)
Concejal de Deportes y Festejos.

Dº Diego Jesús Martinez Mayordomo (Vox)

Dª Noelia Soler Sánchez (Vox)

D. Agustín Sánchez Mendoza (Cifa)

D. Antonio Jesús García Conesa (Psoe)

Dª.María Isabel Cifo Izquierdo (Psoe)

D. Emilio Ramón Cabrera Pareja (Psoe)

Dª. Carmen García Olivo (Psoe)

D. Juan Lorenzo Mendoza Martínez (Psoe)

Dª. Candelaria López García (Psoe)

D. Diego Marín Díaz (Psoe)

El Pleno ejercerá las competencias que la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local les atribuye:

– Corresponden, en todo caso, al Pleno las siguientes atribuciones:

-El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.

-Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; alteración del término municipal; creación o supresión de Municipios; creación de órganos desconcentrados; alteración de la capitalidad del Municipio y el cambio de nombre de éste o de aquellas Entidades y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo.

-La aprobación de los planes y demás instrumentos de ordenación y gestión previstos en la legislación urbanística.

-La aprobación del Reglamento orgánico y de las Ordenanzas.

-La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modificación de los Presupuestos; la disposición de gastos en los asuntos de su competencia y la aprobación de las cuentas.

-La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización.

-La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones públicas.

-El planteamiento de conflictos de competencias a otras Entidades locales y demás Administraciones públicas.

-La aprobación de la plantilla de personal, la relación de puestos de trabajo, las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual

-El ejercicio de las acciones administrativas y judiciales.

-La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público.

-La enajenación del patrimonio.

-Aquellas otras que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial.

-Pertenece, igualmente, al Pleno la votación sobre la moción de censura al Alcalde, que se rige por lo dispuesto en la legislación electoral general.

-Las demás que expresamente le confieran las Leyes.

PERIODICIDAD SESIONES DEL PLENO

El Pleno de la Corporación celebrará sesión ordinaria una vez al mes, teniendo lugar a las diecinueve horas del último jueves del mes.

Sin perjuicio de lo anterior, si por motivos de necesidad o conveniencia, libremente apreciados por la Alcaldía, se precisare convocar una sesión a otra hora distinta de la señalada, podrá convocarse dicha sesión, dentro del día señalado, a otra hora diferente.

En el caso de que el día señalado fuera inhábil, se convocará la sesión ordinaria para la misma hora del siguiente día hábil.

Asimismo, el Pleno celebrará sesión extraordinaria cuando así lo decida la Alcaldesa-Presidenta o lo solicite la cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Corporación, sin que ningún concejal pueda solicitar más de tres anualmente.

Las sesiones plenarias se convocarán con dos días hábiles de antelación, salvo las extraordinarias que lo hayan sido con carácter urgente, cuya convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por el Pleno de este Ayuntamiento.

La documentación íntegra de los asuntos incluidos en el orden del día, que deba servir de base al debate y, en su caso, votación, deberá figurar a disposición de los Concejales, desde el mismo día de la convocatoria, en la Secretaría de la Corporación.

La Junta de Gobierno Local se integra por la Alcaldesa y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por aquél, dando cuenta al Pleno.

-Primer Teniente de Alcalde, D. José Antonio Oliver Legaz.

-Segundo Teniente de Alcalde, D. Juan Lorenzo Soto García.

-Tercer Teniente de Alcalde, Dª Águeda María Meca Saura.

-Cuarta Teniente de Alcalde, Dª. Lidia Moreno Castillejo.

– Quinto Teniente de Alcalde, D. Mauricio José Cánovas Olivo.

 

De conformidad con el artículo 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que corresponde al Alcalde el nombramiento de los Tenientes de Alcalde y el artículo 23 de dicho texto legal establece que corresponde a la Junta de Gobierno Local las atribuciones que el Alcalde u otro órgano municipal le delegue o le atribuyan las leyes.

Por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de julio de 2019, se acuerda:

1.º- Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes atribuciones, reconocidas expresamente a este Pleno en virtud del artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y demás normativa aplicable:

  1. a) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.
  2. b) Por razones de justificada urgencia la Junta de Gobierno Local podrá adoptar acuerdo sobre materias de competencia del Pleno de la Corporación, debiendo en estos casos someterse el acuerdo adoptado a conocimiento del Pleno, en la primera sesión que éste celebre para su ratificación si procede.

No obstante, lo aquí dicho, no serán delegables aquellas atribuciones que deban corresponder al Pleno por exigir su aprobación una mayoría especial.

 

El régimen de sesiones ordinarias a celebrar por la Junta de Gobierno Local será semanal, los miércoles a la hora que se determine por la Presidencia, si fuera festivo, se trasladará al día siguiente hábil.

Son Comisiones informativas permanentes las que se constituyen con carácter general, distribuyendo entre ellas las materias que han de someterse al Pleno. Su número y denominación iniciales, así como cualquier variación de las mismas durante el mandato corporativo, se decidirá mediante acuerdo adoptado por el Pleno a propuesta del Alcalde o Presidente, procurando, en lo posible, su correspondencia con el número y denominación de las grandes áreas en que se estructuren los servicios corporativos.
Las Comisiones Informativas, integradas exclusivamente por miembros de la Corporación, son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando esta actúe con competencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes. Cada Comisión estará integrada de forma que su composición se acomode a la proporcionalidad existente entre los distintos grupos políticos representados en la Corporación. La adscripción concreta a cada Comisión de los miembros de la Corporación que deban formar parte de la misma en representación de cada grupo, se realizará mediante escrito del portavoz del mismo dirigido al Alcalde o Presidente, y del que se dará cuenta al Pleno Los dictámenes de las Comisiones informativas tienen carácter preceptivo y no vinculante.

En atención a los escritos de sus respectivos portavoces dirigidos a la Alcaldía-Presidencia, la adscripción concreta de los miembros de la Corporación que deban formar parte de cada una de las comisiones es la siguiente:

COMISIÓN DE URBANISMO:

Grupo Municipal Socialista:

– D. Antonio Jesús García Conesa

– D. Juan Lorenzo Mendoza Martínez.

– Dª María Isabel Cifo Izquierdo

– D. Emilio Ramón Cabrera Pareja

Suplentes:

– Dª Carmen García Olivo

– Dª. Candelaria López García

Grupo Municipal del Partido Popular:

– Dª. Juana María Martínez García

– D. Juan Lorenzo Soto García

– D. Mauricio Cánovas Olivo

Suplentes

– Dª. Marta Dolón Saura

– Dª Lidia Moreno Castillejo

Grupo Municipal de Vox:

– D. Diego Jesús Martínez Mayordomo

Suplente:

-Dª Noelia Soler Sánchez

Grupo Municipal Ciudadanos

– D. José Antonio Oliver Legaz

Suplente:

-Dª Agueda María Meca Saura

Grupo CIFA:

– D. Agustín Sánchez Mendoza

COMISIÓN DE ASUNTOS GENERALES:

Grupo Municipal Socialista:

– D. Antonio Jesús García Conesa

– D. Juan Lorenzo Mendoza Martínez.

– Dª María Isabel Cifo Izquierdo

– Dª. Candelaria López García

Suplentes:

– Dª. Carmen García Olivo

– D. Emilio Ramón Cabrera Pareja

Grupo Municipal del Partido Popular:

– Dª Juana María Martínez García

– Dª Lidia Moreno Castillejo

– D Juan Lorenzo Soto García

Suplentes:

– Dª. Marta Dolón Saura

– D. Mauricio Cánovas Olivo

Grupo Municipal de Vox:

– D. Diego Jesús Martínez Mayordomo

Suplente:

-Dª. Noelia Soler Sánchez

Grupo Municipal Ciudadanos

– D. José Antonio Oliver Legaz

Suplente:

-Dª Agueda María Meca Saura

Grupo CIFA:

– D. Agustín Sánchez Mendoza

COMISIÓN DE TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA:

Grupo Municipal Socialista:

– D. Antonio Jesús García Conesa

– D. Juan Lorenzo Mendoza Martínez

– Dª Carmen García Olivo

– Dª. Candelaria López García

Suplentes:

– Dª María Isabel Cifo Izquierdo

– D. Emilio Ramón Cabrera Pareja

Grupo Municipal del Partido Popular:

– Dª. Juana María Martínez García

– D. Mauricio Cánovas Olivo

– D. Juan Lorenzo Soto García

Suplentes:

– Dª. Marta Dolón Saura

– Dª. Lidia Moreno Castillejo

Grupo Municipal de Vox:

– D. Diego Jesús Martínez Mayordomo

Suplente:

-Dª. Noelia Soler Sánchez

Grupo Municipal Ciudadanos

– D. José Antonio Oliver Legaz

Suplente:

-Dª Agueda María Meca Saura

Grupo CIFA:

– D. Agustín Sánchez Mendoza

COMISIÓN DE INTERIOR Y SEGURIDAD:

Grupo Municipal Socialista:

– D. Antonio Jesús García Conesa

– D. Emilio Ramón Cabrera Pareja

– Dª Carmen García Olivo

– Dª. Candelaria López García

Suplentes:

– Dª María Isabel Cifo Izquierdo

– D.Juan Lorenzo Mendoza Martínez

Grupo Municipal del Partido Popular:

– Dª. Juana María Martínez García

– Dª. Lidia Moreno castillejo

– D. Mauricio Cánovas Olivo

Suplentes:

– Dª. Marta Dolón Saura

– D. Juan Lorenzo Soto García

Grupo Municipal de Vox:

– Diego Jesús Martínez Mayordomo

Suplente:

-Dª. Noelia Soler Sánchez

Grupo Municipal Ciudadanos:

– D. José Antonio Oliver Legaz

Suplente:

-Dª Agueda María Meca Saura

Grupo CIFA:

– D. Agustín Sánchez Mendoza

COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS:

De existencia obligatoria, corresponde a la Comisión Especial de Cuentas el examen, estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en la legislación

Grupo Municipal Socialista:

– D. Antonio Jesús García Conesa

– D. Emilio Ramón Cabrera Pareja

– Dª Carmen García Olivo

– D. Juan Lorenzo Mendoza Martínez

Suplentes:

– Dª María Isabel Cifo Izquierdo

– Dª. Candelaria López García

Grupo Municipal del Partido Popular:

– Dª. Juana María Martínez García

– D. Juan Lorenzo Soto García

– Dª. Lidia Moreno Castillejo

Suplentes:

– Dª. Marta Dolón Saura

– D. Mauricio Cánovas Olivo

 

Grupo Municipal de Vox:

– Diego Jesús Martínez Mayordomo

Suplente:

-Dª. Noelia Soler Sánchez

Grupo Municipal Ciudadanos:

– D. José Antonio Oliver Legaz

Suplente:

-Dª Agueda María Meca Saura

Grupo CIFA:

– D. Agustín Sánchez Mendoza

COMISIÓN DE HACIENDA:

Grupo Municipal Socialista:

– D. Antonio Jesús García Conesa

– D. Emilio Ramón Cabrera Pareja

– Dª Carmen García Olivo

– Dª María Isabel Cifo Izquierdo

Suplentes:

– D. Juan Lorenzo Mendoza Martínez.

– Dª. Candelaria López García

Grupo Municipal del Partido Popular:

– Dª. Juana María Martínez García

– D. Mauricio Cánovas Olivo

– Dª. Lidia Moreno Castillejo

Suplentes:

– Dª. Marta Dolón Saura

– D. Juan Lorenzo Soto García

Grupo Municipal de Vox:

– D. Diego Jesús Martínez Mayordomo

Suplente:

– Dª. Noelia Soler Sánchez

Grupo Municipal Ciudadanos

– D. José Antonio Oliver Legaz

Suplente:

-Dª Agueda María Meca Saura

Grupo CIFA:

– D. Agustín Sánchez Mendoza

Fecha de última actualización de esta sección: miércoles 8 de marzo de 2023
Fecha de última actualización del portal: miércoles 8 de marzo de 2023